El Ministerio de Desarrollo Social de la Nación ha anunciado la implementación de una medida que permite la compatibilización de la prestación Alimentar con el empleo rural temporario y estacional. Esta disposición, publicada hoy bajo la resolución 1165/23, busca abordar la situación de las trabajadoras y trabajadores rurales que enfrentan altos niveles de informalidad laboral y bajos e irregulares ingresos salariales.

Hasta ahora, la Resolución 1734/2021 del MDS establecía la incompatibilidad entre la prestación Alimentar y el registro de ingresos de trabajadores rurales temporarios. Sin embargo, el Ministerio ha decidido tomar medidas para revertir esta situación y fomentar el trabajo registrado en el sector rural.

Con la nueva resolución 1165/23, las y los trabajadores temporarios contratados por ley 26.727, ley 20.744 y alcanzados por convenios de corresponsabilidad gremial podrán acceder o continuar con la prestación Alimentar, siempre y cuando los ingresos del grupo familiar no superen los límites establecidos para el otorgamiento de asignaciones familiares.
Esta medida beneficiará a una población destinataria estimada en más de 60 mil trabajadoras y trabajadores registrados en 2022, así como a aquellos que se incorporen al trabajo registrado rural temporario o estacional a partir de ahora. La decisión tiene como objetivos eliminar desincentivos al trabajo registrado, garantizar la seguridad alimentaria de niñas, niños y adolescentes, proteger los derechos laborales de las y los trabajadores rurales, y responder a las demandas de las asociaciones de productores de las economías regionales.
Con esta acción, el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación busca promover la inclusión y brindar un apoyo integral a los trabajadores del sector rural, asegurando tanto su bienestar laboral como el de sus familias.